José Bizet Santos Jiménez, Secretario de Desarrollo Urbano informó que el municipio tiene detectados cerca de 15 mil lotes irregulares en el municipio.
Se les denomina irregulares en virtud de que no se ha efectuado trámite de subdivisión o fraccionamiento.
Con las modificaciones a la Ley de asentamientos humanos, tanto las subdivisiones como los fraccionamientos serán regulados de la misma manera, anteriormente la clasificación de fraccionamiento era progresivo o rustico, y estos rubros ya no existen.
Al identificar situación de lotes irregulares, el municipio ha implementado diversas acciones, principalmente negar todo tipo de permisos para contener el crecimiento irregular.
En lo subsecuente, cualquier persona dispuesta a fraccionar debe cumplir con la factibilidad de servicios, además que el procedimiento de urbanización deberá ser previo a la venta de los lotes.
Ejidos Zapotlán de Allende y Paraíso así como una parte de Santa María Asunción, encabezan las zonas con mayor asentamiento irregular, así lo refleja el mapa que obra en la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Como particularidad, los asentamientos irregulares fueron desarrollados en parcelas y por tanto tienen únicamente títulos parcelarios.
Una parcela no puede ser enajenada, subdividida, trasladada o vendida y para hacer un procedimiento de venta, deberá contarse con el dominio pleno y cambiar el estatus de título parcelario a título de propiedad.
En muchas ocasiones se segregaron parcelas y con una constancia ejidal, sin embargo no es documento legal que ampare la propiedad o sea susceptible de escrituración.
Se exhortó a quienes tengan intención de comprar lote, terreno o inmueble para que conozcan su situación antes de adquirirlo.
Muchas veces, aprovechando la necesidad de contar con un patrimonio, se adquieren superficies sin la garantía de que puedan regularizarse, construirse y en el peor de los casos, alcanzar certeza jurídica (con la respectiva escritura pública).
Se alertó a la ciudadanía a no ser víctima de estas prácticas especulativas de la tierra, ya que hay zonas en las que no existe o es imposible la viabilidad para introducir servicios, ya sea por su lejanía, alto costo u orografía.
La oferta de superficies irregulares, usualmente tiene un contenido fraudulento desde lo accesible de las supuestas “promesas” que les escrituraran cuando no es así, al no haber elementos legales que permitan la escrituración.
En una gran mayoría, las superficies están en litigio, por que han estado en venta continua y son varias personas las que se disputan la titularidad de la propiedad.
En materia de fraccionamientos legalmente constituidos, la Secretaría de Desarrollo tiene 66 registrados, de esta cifra 49 están sin recepcionar y 17 ya recepcionados.
En este sentido, se ha apercibido a los propietarios de fraccionamientos que ya tienen vendida mayoría o totalidad de superficie, hacer los trámites de recepción ante el municipio, ya que mientras no se cumpla con ello, cualquier gasto o reparación corre por cuenta del fraccionador.
En este sentido, algunos fraccionamientos han cumplido parcialmente lo requerido para este trámite.
Los nuevos fraccionamientos también tiene un reglamento interno, el cual queda registrado en la Secretaría de Desarrollo Urbano, indicando las características del asentamiento y de esta manera que se respete la condición, es decir, que si es unifamiliar no se construya bajo parámetros multifamiliares. En zonas donde es necesario hacer una mayor densificación de la mancha urbana si se permite la condición multifamiliar para evitar que siga la tendencia de expansión.