En posicionamiento al escrito presentado por el regidor Fernando Lemus Rodríguez, actualmente con licencia, en el que solicita se pague un salario a delegados y subdelegados del municipio de Tulancingo, se hará el análisis de dicha petición con base en lo que disponen tanto la Ley Orgánica Municipal como el Reglamento para la elección de órganos auxiliares y las demás disposiciones legales que sean aplicables, a fin de que la respuesta se de en estricto apego a derecho.
Lo anterior, con la finalidad de que el municipio siga contando con los recursos económicos necesarios para la realización de obras y acciones en beneficio de la ciudadanía, lo que se vería en riesgo si los recursos económicos se emplearan en pagar sueldos que no se encuentran presupuestados.
Los delegados y subdelegados desempeñan una función que se deriva de la ley, no tienen que cumplir con horarios y no desarrollan funciones de manera subordinada para un patrón, lo que puede establecer que el municipio no se encuentra ante una relación laboral, sino a una actividad de representación de los ciudadanos que los eligieron, desempeñando sus actividades sin horarios fijos y solamente en aquellos casos en los que, de manera eventual acuden a las oficinas de la presidencia municipal a realizar gestiones o cuando se les solicitan constancias de residencia.
Por último se debe establecer que es el propio Reglamento de Elección de Órganos Auxiliares el que señala de manera textual que los cargos de delegado y subdelegado son honorarios y por tanto, quienes aspiran a los mismos saben que no tienen remuneración económica.