Cinco artículos conforman el decreto municipal aprobado por el Ayuntamiento de Tulancingo para reglamentar acciones destinadas a la contención de contagio e incremento de casos por COVID.
Este documento entrará en vigor una vez que sea publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y tiene como aspectos centrales los siguientes: Prohibir el consumo de alimentos en vías y espacios públicos del municipio.
Los alimentos preparados podrán expenderse únicamente para llevar, y esto aplicará para todos los expendedores de alimentos fijos, semifijos y ambulantes que comercialicen bajo esta modalidad.
Otro aspecto que regula el decreto va enfocado a “Comerciantes que ejerzan sus actividades en el municipio, así como personal, deberán usar obligatoriamente cubrebocas durante la jornada laboral, así como proporcionar gel antibacterial a todos sus clientes”.
Los vendedores de productos preparados deberán usar cofia y los manejadores de dinero, guantes.
En lo que respecta a restaurantes, loncherías, fondas y en general, deberán acatar iguales condiciones únicamente con la venta de alimentos para llevar, siendo suspendido de manera temporal el consumo al interior de establecimientos.
El incumplimiento a cualquiera de estas medidas se sancionará por lo dispuesto en el artículo 455 del bando de policía y buen gobierno, vigente en el municipio de Tulancingo de Bravo.
Se facultará a las direcciones de Reglamentos y Espectáculos, así como Mercados, Centros de Abasto y Comercio e igualmente a Sanidad municipal para realizar actividades de vigilancia e inspección con facultad para aplicación de sanciones en caso de detectarse hechos acciones que quebranten la normativa local.